jueves, 26 de enero de 2012

CITAS


Deber.1
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
Apunte textual
Art. 2.-
“La bandera, el escudo y el himno nacional, establecidos por la ley,  son los símbolos de la patria. El castellano es el idioma oficial del Ecuador; el castellano, el kichwa y el shuar son idiomas oficiales de relación intercultural. Los demás idiomas ancestrales son de uso oficial para los pueblos indígenas en las zonas donde habitan y en los términos que fija la ley. El Estado respetará y estimulará su conservación y uso.”
PARAFRASIS
Las insignias del ecuador que están inscritos en la ley son emblemas patrios tenemos un idioma oficial pero también tenemos idiomas de relación intercultural, y los pueblos indígenas tienen sus propios idiomas respetados por la constitución

ESQUEMATICO 


LEY ORGANICA DE EDUCACION SUPERIOR
Apunte textual

Artículo 2o.- “Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales aplicables.
La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social.
En el proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando su iniciativa y su sentido de responsabilidad social, para alcanzar los fines a que se refiere el Artículo”
LEY ORGANICA DE EDUCACION SUPERIOR.ARTICULO2.-
PARAFRASIS
Todo los individuo tenemos derecho a tener una educación de buen nivel académico, con las mismas oportunidades de poder tener un acceso al sistema educativo nacional, con cada una de las ley establecida en nuestro país, y a la misma vez debemos tener una participación dentro del proceso educativo.


ESQUEMATICO
Según el articulo 2 la educación es un derecho que tenemos todas las personas para generar cambios en una sociedad  y de esa manera contribuir en la participación ciudadana.

LEY NACIONAL DE DESARROLLO  PLAN 20/20
APUNTES TEXTUAL
“El Plan incluye el desarrollo de criterios para la asignación de recursos a través de la formulación del Plan Plurianual de Inversiones. Cabe resaltar que la planificación y priorización de la inversión pública estuvo acompañada de un proceso de análisis, validación y jerarquización de programas y proyectos articulados a las estrategias de mediano plazo y a las políticas definidas en cada objetivo”

LEY NACIONAL DE DESARROLLO  PLAN 20/20

PARAFRASIS
El plan incluye el desarrollo de criterios, de ideas para asignar formulaciones con el plan plurianual de inversiones, cabe destacar que las planificaciones y priorización son fundamentales en los programas públicos que estén acompañado con procesos de desarrollo.

 

ESQUEMATICO

Evaluativa
Según el plan  nacional de desarrollo nos da a entender que tiene que haber criterios e ideas para un desarrollo social y asi planificar inversiones en programas públicos de orientación.

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